La Cámara Segunda en lo Criminal de Presidencia Roque Sáenz Peña, en Sentencia N° 20 del 26/5/2020 condenó a Hugo Orlando Gómez de 35 años de edad, a la pena de 16 años de prisión como autor responsable del homicidio que tuvo como víctima al cabo de Policía Gastón Hernán Ojeda.

El Tribunal integrado -en Sala Unipersonal- por la jueza Rosana Mariela Glibota luego de merituar los elementos probatorios producidos en la audiencia de juicio oral y pública, tuvo por probada la materialidad del hecho y la autoría del mismo en cabeza del único acusado del proceso.

El fatídico suceso ocurrió en el mes de marzo de 2018 en la localidad de Napenay y se produjo en el marco de un procedimiento policial en el que intervino la víctima junto a otro integrante de la Policía del Chaco. En la Sentencia se determinó que la causa de muerte fue paro cardiorespiratorio producto de una lesión perpetrada con un cuchillo.

Si bien Gómez reconoció la autoría del apuñalamiento que derivó en el deceso de la víctima, denunció haber sufrido apremios por parte de los uniformados que intervinieron en el procedimiento.

La defensa, integrada por el abogado Miguel Lukach, entendió que el acusado actuó bajo estado de emoción violenta, ante la conmoción que le generó haber sido lesionado por los efectivos policiales.

Por su parte el fiscal de Cámara, Carlos Rescala, con adhesión del querellante particular, César Collado, al momento de formular su acusación encuadró el accionar del imputado en la figura de homicidio agravado (prevista en el art. 80 inc. 8° del Código Penal), con fundamento en la condición de funcionario policial de la víctima.

Sin embargo, la jueza descartó ambas figuras considerando que no se encontraban reunidos los presupuestos legales para encuadrar el caso en la figura atenuada  (art. 81 inc. 1° a) del Código Penal), en tanto que tampoco se había acreditado el especial elemento subjetivo que, a su entender, debe concurrir en la conducta del imputado para tener por configurada la agravante.