Otro revés judicial recibió el presidente Javier Milei en su cruzada contra la prensa. La fiscal federal Paloma Ochoa dijo que no hay delito en las expresiones del peridiodista Ari Lijalad cuando criticó al Gobierno con una nota periodística.
Lijalad publicó en el sitio El Destape la nota titulada “Milei, entre el odio a la información y el discurso nazi”. Según la consideración de Milei, el periodista lo comparó con Hitler al sostener que usa “el mismo discurso que utilizaban los nazis para justificar el asesinato de millones de judíos”.
A partir de estas expresiones, Milei querelló a Lijalad por calumnias e injurias. La calumnia implica acusar a alguien de un delito concreto y la injuria consiste en atacar el honor o la reputación de una persona, sin necesariamente imputarle un delito.
La fiscal dijo que no advierte que Lijalad haya acusado a Milei de algún delito. “Pese a resultar evidente que las expresiones reprochadas al periodista Ari Lijalad se refieren a temas de interés público”, lo que lo excluye como conducta típicamente penal, sus expresiones “se encuentran amparadas por el ejercicio de la libertad de expresión, la libertad de prensa y el rol propio de la labor periodística”, señaló Ochoa.
De esta manera, Ochoa se excusó de acusar como fiscal y, en todo caso, será la acusación de Milei la única que quede en pie para que el proceso continúe no como un delito de acción pública sino como acción privada. Por eso, Ochoa pidió al juez Daniel Rafecas que se declare la falta de acción publica en este asunto.
En el caso de Pagni, el fiscal Ramo González decidió lo mismo. Destacó además la protección que tiene en la Argentina la libertad de expresión, “una garantía constitucional fundamental”.
El fiscal intervino en el expediente iniciado por una denuncia que Milei presentó contra Pagni , cuando le adjudicó haber comparado su llegada al poder con la de Adolf Hitler, algo que Pagni no hizo.
El fiscal dijo que los delitos que Milei le imputa a Pagni (“calumnias e injurias”) son de aquellos catalogados por la ley como “de acción privada” y, por su naturaleza, “su persecución queda reservada a instancia del particular ofendido, a través del ejercicio directo de la querella”, sin que deba intervenir la fiscalía. En definitiva, la conclusión del fiscal fue que, en todo caso, si se abría una causa, debía ser con el exclusivo impulso de Milei.
Pero González decidió ir más allá y en su presentación le advirtió al juez: “Sin perjuicio de ello, se estima oportuno señalar que el análisis de las expresiones cuestionadas no puede escindirse del contexto en el cual fueron formuladas, esto es en una editorial de un programa de claro tinte y análisis político”.
Y afirmó: “En este marco, la valoración jurídica de dichos contenidos requiere una especial prudencia, en tanto involucra cuestiones que podrían encontrarse amparadas bajo la libertad de expresión, y por lo tanto exige la aplicación de un criterio particularmente restrictivo”. Fuente: La Nación.-